En este apartado de Preguntas y Respuestas hemos reunido las consultas más habituales que recibimos en el despacho, con respuestas claras y directas para ayudarle desde el primer momento.
La herencia es el conjunto de bienes, derechos y deudas que deja una persona al morir.
Incluye propiedades (casas, pisos, terrenos), dinero en cuentas bancarias, valores (acciones, participaciones) y, también, las obligaciones pendientes (préstamos, facturas, etc.).
No es obligatorio, pero sí recomendable. Si dejas testamento, decides mejor cómo repartir tus bienes (con los límites de la ley).
Si no hay testamento, la ley establece quién hereda y en qué orden (hijos, padres, cónyuge, hermanos…), en un proceso llamado “sucesión intestada”.
La legítima es un tercio de la herencia que, por ley, se reserva a ciertos familiares (normalmente hijos, en primer lugar; también ascendientes y cónyuge, según la situación).
Es inamovible: no puede quitarse a estos herederos legítimos salvo causas tasadas.
Obtener certificado de defunción y de actos de última voluntad (para saber si hay testamento).
Solicitar copia del testamento (si existe).
Preparar el inventario de bienes y deudas del fallecido.
Presentar el Impuesto sobre Sucesiones (y la plusvalía municipal si hay inmuebles) antes de 6 meses.
Firmar la escritura de adjudicación de herencia ante notario y, si corresponde, inscribir en el Registro de la Propiedad.
Sí, la herencia engloba tanto los activos (propiedades, dinero) como los pasivos (deudas).
Hay varias formas de aceptar la herencia (pura y simple, a beneficio de inventario) o renunciar, para no arriesgar el patrimonio personal.
El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento (con opción a prórroga de 6 meses más, solicitada antes de que pasen 5 meses).
Si lo pagas tarde, te exponen a recargos e intereses de demora.
Cada Comunidad Autónoma regula parte del Impuesto sobre Sucesiones, ofreciendo bonificaciones por parentesco, vivienda habitual, empresa familiar, etc.
Hay zonas donde la cuota resulta muy pequeña para hijos o cónyuges, mientras que en otras es más elevada
Si no hay acuerdo sobre la partición, se puede recurrir a la división judicial. Un juez ordena la venta de los bienes o nombra peritos para hacer un reparto equitativo.
Previamente se puede intentar mediar para evitar un juicio.
Muchos pasos (certificados, impuestos, escritura) puedes intentarlos por tu cuenta, pero es fácil cometer errores que generen recargos o discusiones familiares.
Un abogado especializado te evita problemas y le orienta para economizar tiempo y costes.
En el proceso de heredar, hay que gestionar muchos aspectos legales y fiscales. Nuestro equipo de abogados, experto en Derecho de Sucesiones, puede:
Asesorarte antes y después del fallecimiento, planificando testamentos y repartos de forma clara.
Tramitar todos los pasos (certificados, impuestos, escrituras) para que la adjudicación sea rápida y legalmente sólida.
Defender sus derechos si surgen discrepancias entre herederos o con las deudas del fallecido, buscando siempre la mejor solución para sus intereses.
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