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Tarjetas Revolving

Tarjetas Revolving

TARJETAS REVOLVING: QUÉ SON Y CÓMO PUEDO PROTEGERME DE ELLAS.

 

¿Qué es una tarjeta revolving?

En los últimos tiempos se ha generalizado el uso coloquial de la terminología tarjeta revolving sin que, la mayoría de los usuarios, sepan exactamente el alcance real de este producto financiero.

Las tarjetas revolving son créditos al consumo que se instrumentan a través de una tarjeta bancaria, por las que la entidad financiera ofrece al usuario un límite máximo de crédito del que éste va disponiendo según sus necesidades. A medida que se incrementa la disposición de crédito, el límite disminuye. Cuando el cliente va afrontando el pago de las cuotas que haya pactado el límite máximo dispuesto va restableciéndose.

 

¿Por qué pueden llegar a ser muy perjudiciales estas tarjetas?

El principal motivo por el que estas tarjetas se han convertido de un tiempo a esta parte en “caballo de batalla” entre consumidores y financieras es debido al interés usurario por el que se remuneran estas líneas de crédito. Así, los tipos de interés más habituales en este tipo de productos suelen situarse en una horquilla de entre el 20 y el 30 %, cuestión ésta que determina que en la práctica el consumidor acabe pagando más intereses que el propio capital dispuesto, y ello siempre que pueda afrontar los pagos periódicos correspondientes, pues de lo contrario entrará en una espiral en la que la deuda irá creciendo de forma exponencial hasta tornarse en completamente inasumible.

¿Pueden protegerme los Juzgados y Tribunales españoles si contraté una tarjeta revolving?

Efectivamente, en la línea marcada por la denominada Jurisprudencia menor, en fechas recientes se ha pronunciado nuestro Alto Tribunal en Sentencia dictada por la Sala Primera de lo Civil, núm. 149/2020, de 4 de marzo, recaída en el Recurso de Casación núm. 4813/2019, por la que decreta la nulidad de un contrato de tarjeta revolving suscrito por un consumidor con la mercantil WiZink Bank, S.A.U. con un interés del 27,24 %.

Si bien es cierto que en este caso la Sala de lo Civil decreta la nulidad del contrato por usura, basándose en la Ley de Represión de la Usura de 1908, no es menos cierto que deja abierta la puerta, también, a anular la cláusula relativa a los intereses ordinarios en tarjetas revolving con fundamento en el doble control de inclusión y transparencia al que debe ser sometida una condición general de la contratación inserta en contratos celebrados entre consumidores y usuarios.

La consecuencia de la nulidad declarada es la obligación del cliente de restituir a la financiera sólo el capital que se le hubiera prestado en origen pero, en el caso de que los intereses abonados superaran al capital prestado, sería la financiera la que vendría obligada a la devolución del exceso con los intereses legales generados por dichas cantidades.

Ahora es el momento de recuperar todo lo que ha pagado indebidamente por su tarjeta revolving y poner fin al abuso bancario.

Nuestros despachos cuentan con cientos de sentencias favorables en asuntos relacionados con el Derecho Bancario.

 

 

 

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