En este apartado de Preguntas y Respuestas hemos reunido las consultas más habituales que recibimos en el despacho, con respuestas claras y directas para ayudarle desde el primer momento.
Un delito medioambiental de ruido o vibraciones es aquel en el que se produce al provocar o realizar directa o indirectamente ruidos o vibraciones que cause o pueda causar daños sustanciales a la calidad de agua, aire, suelo, o animales y plantas, pudiera perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o crear un riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas.
Normalmente se parte de la legislación específica sobre ruido, que establece límites en decibelios según la zona y el horario. A nivel nacional hay un reglamento que establece unos objetivos de ruido y vibración. No obstante, cada localidad o Comunidad Autónoma establece puede establecer los propios.
Si estos límites se superan, generando las consecuencias previstas en el Código Penal, se podrá calificar de conducta delictiva.
Las penas varían en función de diferentes factores como la gravedad, pero suelen incluir:
1. Pena de prisión (de 6 meses a 5 años, según la gravedad y el riesgo creado).
2. Multas que variarán en función del tipo en el que se encasillen los hechos.
3. Inhabilitación para el ejercicio de determinadas actividades.
Lo más habitual es denunciar ante la policía local el exceso de ruido o vibraciones para que actúe.
Además de la anteriormente mencionada también se puede recurrir a la comunicación entre partes a fin de instar al cese de la fuente de ruido o vibraciones o a la reclamación ante la Consejería o Ayuntamiento correspondiente.
Igualmente se puede utilizar la vía judicial, tanto por la vía penal (si se cumple lo estipulado por el Código Penal) como Civil.
Es recomendable documentar los actos en cuestión para poder fundamentar la reclamación posterior.
Es esencial contar con informes periciales que acrediten la superación de los límites legales y la existencia de las causas que hacen tipificar la conducta como delito. A menudo se practican mediciones por parte de técnicos especializados, y se valoran informes médicos (si hay afecciones a la salud) o estudios sobre el impacto medioambiental.
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