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Impuesto de Sucesiones

Impuesto de Sucesiones

 

Preguntas y respuestas.

En este apartado de Preguntas y Respuestas hemos reunido las consultas más habituales que recibimos en el despacho, con respuestas claras y directas para ayudarle desde el primer momento.


¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y por qué tengo que pagarlo?

El Impuesto de Sucesiones es un tributo que se paga cuando se reciben bienes (dinero, propiedades, etc.) tras el fallecimiento de una persona. La ley obliga a los herederos o beneficiarios a declarar y, en su caso, abonar este impuesto.

¿Qué bienes y derechos debo incluir en la declaración?

Se incluyen todos los bienes y derechos que se transmiten por herencia: inmuebles, dinero en cuentas bancarias, vehículos, inversiones, seguros de vida, etc.

¿Cuándo tengo que presentar la declaración y pagar el impuesto?

En general, el plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga de otros seis meses, aunque conlleva el pago de intereses.

¿Varía mucho el Impuesto de Sucesiones según la Comunidad Autónoma?

Sí. Aunque la ley estatal (Ley 29/1987) regula el impuesto, cada Comunidad Autónoma tiene sus propias reducciones, bonificaciones y escalas de gravamen. Por ejemplo, en algunas regiones las transmisiones entre padres e hijos están más bonificadas que en otras.

¿Existen reducciones o bonificaciones que puedan disminuir el importe a pagar?

Sí. Por ejemplo, hay reducciones para herederos directos (descendientes, ascendientes, cónyuges), para la vivienda habitual del fallecido o para empresas familiares. La cuantía de estas reducciones depende de la Comunidad Autónoma.

¿Qué documentos necesito preparar para la tramitación del Impuesto de Sucesiones?

Habitualmente se requieren:

1. Certificado de defunción y certificado del Registro de Últimas Voluntades.

2. Testamento o, en su defecto, declaración de herederos.

3. Escrituras de propiedades, extractos bancarios y cualquier otro justificante de valor de los bienes.

¿Cómo se calcula el valor de los bienes a efectos del Impuesto de Sucesiones?

Se suele partir del valor real o de mercado de cada bien (por ejemplo, el valor catastral revisado o el valor de mercado para inmuebles). Para cuentas bancarias, se tiene en cuenta el saldo al fallecimiento. Cada tipo de bien tiene su propio criterio de valoración.

¿Qué pasa si no lo presento a tiempo o si me equivoco en la declaración?

La Administración puede imponer recargos e intereses de demora, e incluso sanciones más graves si se detecta ocultación. Por eso es muy importante presentar el impuesto correctamente y dentro de plazo.

 

Cómo le ayudamos

 

Análisis personalizado.

Cada herencia es diferente. Estudiamos su situación familiar, el valor de los bienes y su residencia para aplicar correctamente bonificaciones y reducciones.

Planificación fiscal y sucesoria.

Si busca prevenir futuros pagos elevados, le asesoramos sobre donaciones en vida, seguros o testamentos.

Representación legal y defensa.

Si surge alguna controversia con la Administración, podemos representarle y defender sus intereses, acudiendo a la vía administrativa o judicial si fuera necesario.

Aplicando honorarios acordes a la situación actual.

No somos ajenos a la situación económica de las familias.

Desde el primer momento nuestros clientes cuentan con presupuestos cerrados y por escrito para que conozcan de antemano el coste total de los procedimientos.

Trabajamos por tanto con presupuestos ajustados y en caso necesario podemos acordar facilidades de pago.

Con la máxima confidencialidad.

Tanto en estos procedimientos como en cualquier otro nuestros clientes cuentan con absoluta garantía de confidencialidad y discreción.

Es importante contar con buenos profesionales en el ámbito del derecho de familia.

Recuerde que al igual que en la medicina existen especialistas, también los hay en el ámbito del derecho.


González & Asociados Abogados  se compone de profesionales con gran nivel profesional  y amplia experiencia, lograda mediante el ejercicio práctico de la Abogacía.

La elección del profesional que le represente no es un asunto menor, pues de su labor depende en gran medida sus posibilidades de éxito, le ofrecemos Formación, Experiencia y Especialización como garantía de la excelencia de nuestro trabajo.

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