En este apartado de Preguntas y Respuestas hemos reunido las consultas más habituales que recibimos en el despacho, con respuestas claras y directas para ayudarle desde el primer momento.
Los daños contractuales son las pérdidas o perjuicios que sufre una de las partes cuando la otra parte incumple las obligaciones establecidas en un contrato. En España, este concepto se recoge principalmente en el Código Civil, que obliga a quien no cumpla su obligación o la cumpla de forma defectuosa a indemnizar los daños y perjuicios causados.
Para reclamar daños contractuales, tiene que haberse incurrido en:
1. Negligencia
2. Dolo
3. Morosidad
El importe de la indemnización suele determinarse atendiendo al valor real de las pérdidas (daño emergente) y a las ganancias que se han dejado de obtener (lucro cesante). El Código Civil indica que la indemnización debe incluir tanto lo que se ha perdido como lo que se ha dejado de ganar, siempre que sea consecuencia directa e inmediata del incumplimiento.
Como regla general, no hay un límite máximo genérico en la reclamación de daños contractuales. Sin embargo, la indemnización solo cubre los perjuicios que se deriven directamente del incumplimiento y que sean previsibles al tiempo de la celebración del contrato en el caso de deudor de buena fe, es decir, no hay dolo. Si hubiese dolo se incluirían todos los derivados de la falta a la obligación.
Sí, existen plazos. La acción para exigir el cumplimiento de obligaciones personales o la indemnización de daños y perjuicios derivados de un contrato prescribe, con carácter general, a los 5 años. Es importante consultar la fecha exacta del contrato y de la producción del daño para calcular correctamente el plazo.
Estudiamos el contrato, la normativa aplicable y los hechos para ver si existe o no un incumplimiento y le asesoramos.
Valoramos si es preferible la negociación amistosa o la vía judicial, priorizando siempre el acuerdo con la otra parte.
Defendemos sus derechos ante la parte contraria y, si es necesario, ante los tribunales.
No somos ajenos a la situación económica de las familias.
Desde el primer momento nuestros clientes cuentan con presupuestos cerrados y por escrito para que conozcan de antemano el coste total de los procedimientos.
Trabajamos por tanto con presupuestos ajustados y en caso necesario podemos acordar facilidades de pago.
Tanto en estos procedimientos como en cualquier otro nuestros clientes cuentan con absoluta garantía de confidencialidad y discreción.
Es importante contar con buenos profesionales en el ámbito del derecho de familia.
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