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Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones

Responsabilidad Patrimonial de la Administración

 

Preguntas y respuestas.

En este apartado de Preguntas y Respuestas hemos reunido las consultas más habituales que recibimos en el despacho, con respuestas claras y directas para ayudarle desde el primer momento.


¿Qué es la Responsabilidad Patrimonial de la Administración?

La Responsabilidad Patrimonial de la Administración consiste en el derecho de cualquier persona a reclamar y recibir una indemnización cuando sufra un daño que sea consecuencia de la actuación o inactividad de un organismo público (por ejemplo, un ayuntamiento, una consejería autonómica o el Estado central). Se basa en la idea de que la Administración debe responder económicamente si causa un perjuicio que la persona no tiene obligación de soportar.

¿Cuándo se puede reclamar a la Administración?

Para reclamar, debe cumplirse que:

Una persona podrá reclamar esta responsabilidad a la Administración cuando el daño sufrido sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado a consecuencia de un funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

Si la persona que sufre el daño tiene el deber de soportarlo conforme a la Ley, no procederá la reclamación

¿Cuáles son los plazos para reclamar la Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones?

Generalmente, el plazo es de un año desde que se produjo el hecho o el acto que motive la indemnización. Si el daño fuese de carácter físico o psíquico, el plazo de un año contará desde la curación o fin de secuelas. Sin embargo, si la acción u omisión de la Administración es continuada en el tiempo, el cómputo puede variar. Es importante actuar con rapidez para no perder el derecho a reclamar.

¿Qué documentos o pruebas necesito?

Se necesitan todos aquellos documentos que ayuden a probar que el daño existe y que la Administración es responsable. Por ejemplo:

1. Informes médicos o periciales, si el daño es físico o de salud.

2. Fotografías o vídeos.

3. Testimonios de testigos.

4. Facturas, contratos, informes técnicos…

¿Cuánto tarda la Administración en responder?

La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para notificar la resolución. Si no responde en ese plazo, se considera silencio administrativo, lo que se considerará una desestimación de la indemnización.

¿Qué ocurre si la Administración rechaza mi reclamación?

Si la Administración deniega su solicitud o no responde en plazo, puede recurrir esta decisión mediante el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o ante los tribunales contencioso-administrativos, en el plazo de dos meses si el acto administrativo es expreso o seis meses si no lo es.

¿Cuáles son los costes y los riesgos de iniciar el proceso?

Los costes pueden incluir:

1. Honorarios de abogado y procurador.

2. Informes periciales.

3. Tasas judiciales (en algunos casos).

En cuanto a las costas del proceso, el Tribunal que conozca del caso impondrá las costas a la parte que pierda o vea desestimado su recurso, salvo que se aprecien dudas razonables o haya circunstancias que justifiquen su no imposición, lo cual deberá motivar.

Responsabilidad

Cómo le ayudamos

 

Estudio personalizado de su caso.

Valoramos si la actuación de la Administración encaja en los supuestos de Responsabilidad Patrimonial.

Si se encuentra en alguna de estas situaciones puede contactar con nosotros por vía telefónica en el 924 314 031 o localizarnos en Avda. Extremadura, 29, 2º, Mérida (Badajoz).

Gestión de toda la documentación y pruebas.

Le asesoramos sobre qué documentos son necesarios y cómo obtenerlos.

Tramitación de la reclamación ante la Administración.

Redactamos y presentamos la solicitud de indemnización dentro de los plazos legales.

Negociación o defensa ante los tribunales.

En caso de negativa o silencio, podemos acudir a la vía contencioso-administrativa para defender sus derechos.

Aplicando honorarios acordes a la situación actual.

No somos ajenos a la situación económica de las familias.

Desde el primer momento nuestros clientes cuentan con presupuestos cerrados y por escrito para que conozcan de antemano el coste total de los procedimientos.

Trabajamos por tanto con presupuestos ajustados y en caso necesario podemos acordar facilidades de pago.

Con la máxima confidencialidad.

Tanto en estos procedimientos como en cualquier otro nuestros clientes cuentan con absoluta garantía de confidencialidad y discreción.

Es importante contar con buenos profesionales en el ámbito del derecho de familia.

Recuerde que al igual que en la medicina existen especialistas, también los hay en el ámbito del derecho.

 

González & Asociados Abogados  se compone de profesionales con gran nivel profesional  y amplia experiencia.

La elección del profesional que le represente es importante, pues de su labor depende en gran medida sus posibilidades de éxito, le ofrecemos Formación, Experiencia y Especialización como garantía de la excelencia de nuestro trabajo.

Le invitamos a que nos conozca mejor a través de esta pagina, en ella encontrará información relevante acerca de la trayectoria profesional de nuestros Abogados y de su especialización en las diferentes áreas legales.